InfoMazars N°06-2016 - Aumento Unidad Tributaria a Bs177

InfoMazars N°06-2016

Precio de la Unidad Tributaria 2016 Venezuela

Luego de haber entregado un informe a la Comisión de Finanzas Permanente de la Asamblea Nacional referido a la propuesta de incrementar el valor de la Unidad Tributaria (UT).

El día viernes 12 de febrero de los corrientes, el Superintendente de Seniat, José David Cabello informó a medios nacionales que la Unidad Tributaria (UT) para el año fiscal 2016 será de 177 bolívares. Concretándose de esta manera el incremento a través de la Gaceta Oficial N° 40.486 de fecha 11 de febrero de 2016, la cual coloca en vigencia el nuevo precio de la Unidad Tributaria en Venezuela.

El Superintendente Cabello explicó que este instrumento fiscal se utiliza para trámites como licencias de conducir, pasaporte, documentos notariados, patentes de comercio, etc.

Las empresas públicas y privadas deberán ajustar la remuneración del ticket de alimentación a todos los trabajadores. Con una Unidad Tributaria (UT) de Bs.177, este bono pasará de Bs.6.750 a Bs.7.965, lo que equivale a Bs.1.215 adicionales. El bono se calcula sobre la base de 1,5 UT por día, multiplicado por los 30 días del mes.

En este sentido, con esta nueva UT, las personas naturales residentes en el país que obtengan un enriquecimiento global neto anual mayor a 1.000 UT (Bs.177.000), un neto mensual de Bs.14.750, o ingreso bruto total anual mayor a 1.500 UT (Bs.265.500), un ingreso bruto mensual de Bs.22.125, están obligadas a presentar su respectiva declaración de impuesto sobre la renta (ISLR)

En el caso del ticket de alimentación dicho cambio (usando Bs.177 de UT) es automático, mientras que para el ISLR será tomado para la declaración del año fiscal 2016, que se declara a más tardar en marzo de 2017. Es decir, la declaración del año fiscal 2015, deberá ser calculada considerando la UT de Bs.150 que fue la vigente por más de 6 meses en el ejercicio fiscal 2015, según la normativa legal aplicable.

Algunos trámites que deben ser cancelados según el valor de la U.T, son:

Trámite

Unidad Tributaria (U.T.)

Monto a pagar (Bs)

Pasaporte

Renovación y expedición

12 U.T.

2.124 Bs.

Licencias de conducir

1° y 2°

6 U.T.

1.062 Bs.

12 U.T.

2.124 Bs.

16 U.T.

2.832 Bs.

22 U.T.

3.894 Bs.

Registro de documentos

Nombres y denominaciones de empresas y firmas comerciales

2 U.T.

354 Bs.

Inscripción de cualquier acta de asamblea o junta directiva

3. U. T

531 Bs.

Modificaciones al documento constitutivo de firmas personales o de cuentas en participación

3. U.T

531 Bs.

Inscripción de sociedades extranjeras

10 U.T.

1.770 Bs.

Registro de invenciones, modelos de utilidad, diseños industriales, esquemas de trazados de circuitos integrados, marcas de producto o de servicios, marcas colectivas, lemas comerciales, denominaciones de origen e indicaciones de procedencia

50 U.T

8.850 Bs.

Registro de propiedad de vehículos

10 U.T

1.770 Bs.

Registro de poderes especiales y generales

6 U.T.

1.062 Bs.

Procesamiento por la inscripción de asociaciones y sociedades civiles

(1) folio (2 U.T.)

354 Bs.

(2) folios (3 U.T.)

750 Bs.

(3) folios (5 U.T.)

885 Bs.

(4) folios (7 U.T.)

1.239 Bs.

(5) folios (9 U.T.)

1.593 Bs.

(6) folios (11 U.T.)

1.947 Bs.

(+6) folios (13 U.T.)

2.301 Bs.

Títulos y certificados académicos

Inscripción de los títulos y certificados académicos, científicos y eclesiásticos, y los despachos militares

3.5 U.T.

619,5 Bs.

Divorcios y matrimonios

Inscripción de sentencias de divorcios, separación de cuerpos y nulidad del matrimonio

(1) folio (6 U.T.)

1.062 Bs.

(2) folios (8 U.T.)

1.416 Bs.

(3) folios (10 U.T.)

1.770 Bs.

(4) folios (12 U.T.)

2.124 Bs.

(5) folios (14 U.T.)

2.478 Bs.

(6) folios (16 U.T.)

2.832 Bs.

(+6) folios (18 U.T.)

3.186 Bs.

Cesta Ticket

Monto máximo

150% de la U.T.

265.5 Bs.

Impuesto aeroportuario

Tasa nacional

0,80 de la U.T.

141,6 Bs.

Tasa internacional

3,8 de la U.T.

672,6 Bs.

Por último, recordamos que, por ejemplo, para practicar retenciones de impuesto sobre la renta en la fuente, debe utilizarse la UT vigente para el momento del pago, aunque se trate de deudas anteriormente contraídas; priva en este caso que el pago se está realizando bajo el imperio de la nueva unidad tributaria de Bs. 177 por cada una.

Para cualquier duda en relación con el contenido del presente boletín informativo comuníquese con la División de Asesoría Tributaria de Adrianza, Rodríguez, Céfalo & Asociados (Mazars Venezuela) a:  arc.mazars@mazars.com.ve